Cuánto cuesta subir la potencia de la luz
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11 de agosto de 2026

Dar de alta la luz cuesta muy distinto según una sola cosa: si la vivienda ya ha tenido suministro antes o no. Esa pregunta decide si pagas unas decenas de euros o varios cientos.
En corto
Dar de alta la luz cuesta entre 165 y 425 € en derechos regulados, según la potencia que contrates, más el boletín eléctrico (100-250 €) si te lo piden. Los derechos los fija el Estado y son iguales en toda España; el boletín lo cobra el electricista. Si la vivienda ya tuvo luz y la instalación está bien, la cifra se queda cerca del mínimo.
No es un único importe, son varios y cada uno va a un sitio distinto:
Aquí está el número que casi nadie te da. Los derechos de acometida no los inventa la compañía: los fija el Estado y son idénticos en toda España, contrates con quien contrates. Son estos tres:
Todos van sin IVA, así que al total hay que sumarle un 21 %. Con eso ya puedes calcular tu alta antes de llamar a nadie:
| Potencia | Extensión | Acceso | Enganche | Total con IVA |
|---|---|---|---|---|
| 3,45 kW | 59,93 € | 67,97 € | 9,04 € | 165,70 € |
| 5,75 kW | 99,88 € | 113,28 € | 9,04 € | 268,86 € |
| 9,2 kW | 159,80 € | 181,24 € | 9,04 € | 423,60 € |
A eso se le suma el boletín, si te lo piden, y la fianza. Pero la parte regulada es exactamente esa y no admite regateo: si alguien te la cobra distinta, pregunta por qué.
Los derechos de extensión solo se cobran cuando superas la potencia máxima que esa vivienda haya tenido contratada nunca. No la que tiene ahora: la máxima histórica.
Traducido: si un piso llegó a tener 9,2 kW en su día y tú vas a contratar 5,75 kW, esa parte ya está pagada y no se vuelve a pagar. Los de acceso sí, esos siempre. Merece la pena preguntar a la distribuidora por el histórico del punto de suministro antes de dar por buena la primera cifra que te digan, porque la diferencia son 99,88 € en ese ejemplo.
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Pedir el alta antes de tener el boletín. La comercializadora tramita, la distribuidora pide el certificado y el expediente se queda parado esperando un papel que aún no has encargado. Consigue primero el boletín y después pide el alta: te ahorras semanas.
Y ojo con la potencia que contratas: los derechos de acometida se calculan por kW, así que pedir 9,2 kW «por si acaso» cuando te bastan 4,6 kW encarece el alta y además la factura de cada mes.
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Si la vivienda ya tuvo suministro y el boletín está en regla, suele resolverse en pocos días laborables. En obra nueva o cuando hay que extender red, el plazo lo marca la distribuidora y se alarga semanas.
Solo si la instalación es reciente y ya está certificada. Te lo pedirán si la instalación tiene más de veinte años, si estuvo mucho tiempo de baja o si cambias la potencia contratada.
Sí. La fianza es reembolsable cuando das de baja el suministro; los derechos de acometida y el boletín, no.
La que de verdad uses. Los derechos de acometida se calculan por kW y el término de potencia se paga todos los meses, así que contratar de más encarece el alta y la factura para siempre.
Están regulados y son iguales en toda España: 17,37 € por kW de derechos de extensión, 19,70 € por kW de derechos de acceso y 9,04 € fijos de enganche, todo sin IVA. Para una vivienda de 5,75 kW salen 268,86 € con IVA incluido.
No. Solo se pagan si superas la potencia máxima que la vivienda haya tenido contratada alguna vez. Si ese punto de suministro ya tuvo más potencia en el pasado, esa parte está pagada y no se vuelve a cobrar. Los derechos de acceso, en cambio, se pagan siempre que amplías.
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